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El parto respetado en la Clínica Viedma

Estamos transitando la Semana Mundial del Parto Respetado, una iniciativa que surgió en el año 2004 gracias a la Asociación Francesa por el Parto Respetado (AFAR) y a la cual adhirieron distintos países con el objetivo de visibilizar el modo en que se atienden los partos en todo el mundo y promover el cumplimiento de los derechos vinculados al nacimiento. En nuestro país, en el año 2015 se reglamentó la Ley 25.929 -sancionada y promulgada en 2004- que detalla los derechos que deben garantizarse a las madres, los recién nacidos y sus familias al momento del trabajo de parto, parto y post parto.

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El parto respetado en nuestra institución

Tenemos el orgullo de contar en la Clínica Viedma con un equipo con una visión de avanzada en este tema. Desde el año 2018 contamos con una Sala de Trabajo de Parto Respetado. Nuestras obstétricas, Mónica Werner y Lupe Tubio trabajan junto a obstetras y pediatras acompañando a las madres, respetando sus derechos, el de los niños y el de sus familias en el momento del nacimiento.

Desde la institución promovemos el respeto a las particularidades de cada familia, acompañándola a través de la toma de decisiones seguras e informadas.

El parto respetado implica generar un espacio familiar donde la mamá y el recién nacido sean los protagonistas y donde el nacimiento se desarrolle de la manera más natural posible, en un entorno seguro. Un aspecto prioritario en el cumplimiento del parto respetado es brindar un parto seguro, y para ello es necesario que sea institucionalizado para garantizar la mayor seguridad en la atención materno-infantil al momento del parto.

Compartimos las palabras de Mónica y Lupe sobre la importancia de contar con este espacio, a través de un video realizado por ellas mismas.

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El trabajo de parto en contexto de pandemia

Como hemos comunicado el pasado 23 de abril, ante la situación de pandemia y de acuerdo a las nuevas directivas del Ministerio de Salud de la Nación y del Comité de Control de Infecciones de esta institución, nos vimos en la obligación de suspender el acompañamiento de personas de confianza en el momento del parto y/o cesárea, hasta tanto se terminen las modificaciones edilicias que están en ejecución y que permitirán cumplir con la distancia mínima obligatoria de 1.5 metros en la sala de parto.

En este sentido, el rol de la obstétrica que interviene es fundamental en la atención del preparto, parto y puerperio, siendo facilitadores en el cumplimiento de los derechos.

La OMS (Organización Mundial de la Salud) considera que esta profesión salva vidas tanto de las mujeres como de los recién nacidos, pues su atención disminuye considerablemente los índices de intervenciones y medicalización, lo que conlleva un mayor reporte de bienestar físico, emocional y psicológico y satisfacción con respecto a la experiencia de la maternidad. Esto se traduce en salud y bienestar a corto, mediano y largo plazo de toda la población.

Ley sobre el parto respetado en la República Argentina (Ley 25.929)

Creemos fundamental que todos los profesionales de salud conozcan y defiendan los derechos promulgados por la ley para poder ser vehículos de garantía. 

“La mujer como usuaria del sistema sanitario tiene derecho, fundamentalmente, a recibir información (existencia de complicaciones, ventajas e inconvenientes de los posibles tratamientos), a decidir libremente la forma y posición en el momento del parto y a ser tratada con respeto y consideración de sus pautas culturales. Además, se deben tener en cuenta los deseos y necesidades de cada mujer, como el estar o no acompañada por una persona de confianza en cada momento y/o el tipo ingesta alimentaria durante el proceso de parto.  Se la debe informar sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y debe participar activamente en las diferentes decisiones y actuaciones de los profesionales. Tiene derecho a no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación. Así como también a tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales. Debe ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar. Además, recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña, y sobre anticoncepción en el momento del puerperio. Por su parte, los recién nacido/as tienen derecho a estar en contacto con su madre desde el primer momento y a ser alimentados con leche materna sin interferencias. Asimismo, deben ser tratados de forma respetuosa y digna, contar con inequívoca identificación y a no ser sometido/as a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia. Tienen derecho a que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como sobre su plan de vacunación”.

Ley sobre el parto respetado en la República Argentina (Ley 25.929).